Aclaración sobre Art. 7 del Reglamento para el Concurso para Responsable del Área de Género del Instituto

Aclaración Art. 7: posterior a la publicación de la Nómina de Inscriptos la Comisión Evaluadora procederá a analizar los antecedentes de los mismos elaborando un dictamen de estudio de dichos antecedentes y en el mismo acto se fijará fecha y orden de entrevistas dándose publicidad a las mismas.

Reglamento Concurso Violencia Genero

Ordenanza 734